Recupera tu carnet de conducir y los puntos perdidos

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He perdido mi permiso de conducir

¿Y ahora qué?

Si has perdido tu carné por sentencia judicial o por pérdida total de puntos, deberás asistir obligatoriamente un curso de sensibilización y según el caso, pasar un examen en Tráfico para recuperar de nuevo tu permiso.

Este curso se realiza obligatoriamente en 4 días a 6 horas lectivas por día o en 6 días a 4 horas lectivas cada día.

¿Cómo has perdido tu carnet?

Pérdida total de puntos

Con un curso de 24 horas lectivas, y la superación de un examen en la Jefatura de Tráfico, recuperarás el permiso con un saldo de 8 puntos.
Para confirmar que te has perdido todos los puntos, puedes consultar tu saldo en internet o acudir a la Jefatura de Tráfico.

Sentencia judicial

Si tu sentencia establece hasta 2 años de privación del permiso sólo tendrás que realizar un curso de 24 horas lectivas, recuperando el permiso con el saldo que tuvieses antes de la sentencia sin necesidad de examinarte, salvo que te retiren puntos por otras sanciones.
Si tu sentencia establece más de 2 años de privación, deberás realizar un curso de 24 horas lectivas y superar un examen en la Jefatura Provincial de Tráfico para poder recuperar tu permiso con un saldo de 8 puntos.

He perdido algunos puntos del carnet

¿Cómo puedo recuperar los puntos del carnet?

Consulta tu saldo en internet o acude a la Jefatura de Tráfico de para saber exactamente cuántos puntos te quedan.

Antes de perder todos tus puntos, inscríbete en esta autoescuela en un curso de sensibilización y educación vial de 12 horas lectivas de duración.

Este curso te permite recuperar hasta 6 puntos siempre que no se supere el saldo de 12 puntos. Si eres novel no podrás superar los 8 puntos. No tendrás que hacer ningún examen en Tráfico.

Una vez superado el curso, recuperarás tus puntos de forma automática.

Este curso lo puedes realizar cada dos años, si eres conductor profesional cada año.

recuperar puntos carnet conducir

¿Qué infracciones quitan puntos del permiso?

Realizar cambios de sentido incumpliendo la Ley de Seguridad Vial.
Conducir sin cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil.
Conducir sin casco o con casco no homologado.
Conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención.
Conducir utilizando manualmente el móvil o manipulando el navegador o GPS.
Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Conducir con el permiso de conducción suspendido o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
Conducir un vehículo sin el permiso o la licencia adecuada.
Conducir sin casco o con casco no homologado.
Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25 y hasta 0,50 mg/l de aire espirado (entre 0,15 y 0,30 mg/l para los profesionales y titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso).
Arrojar objetos peligrosos a la vía (que puedan provocar incendios, accidentes…) u obstaculizar la circulación.
No respetar las prioridades de paso y no detenerse ante un stop o semáforo en rojo. No respetar las señales del agente de Tráfico.
Adelantar poniendo en peligro a quienes circulen en sentido contrario o en circunstancias de visibilidad reducida.
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas.
No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

Conducir con una tasa de alcohol de más de 0,50 mg/l, o bajo los efectos de drogas y estimulantes (0,30 mg/l para profesionales y titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso).
Conducir con presencia de drogas en el organismo.
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
Circular en sentido contrario.
Conducir de forma temeraria o participar en carreras de vehículos no autorizadas.
El exceso en más del 50% los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% de los tiempos de descanso, cuando se es transportista.
Alterar el funcionamiento del tacógrafo o limitador de velocidad.
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

¿Quieres recuperar tus puntos o tu carnet?

Tenemos cursos para ti casi todos los meses. ¡Apúntate!

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